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Procedimiento Administrativo ComúnPlazos y TramitaciónAmpliación de PlazosMáximo permitido (Misiones diplomáticas, trámites en extranjero)Petición/Decisión antes del vencimientoPlazo ya vencido no ampliableInciencia técnica (Publicación en sede electrónica)Ciberincidente (Ampl. general de plazos)Acuerdos no susceptibles de recurso (salvo resolución final)Tramitación de Urgencia (Art. 33)Motivo: Razones de interés públicoAcuerdo: De oficio o a peticiónEfecto: Reducción a la mitad de plazosExcepciones: Plazos de solicitudes y recursosAcuerdo no recurrible (salvo resolución final)Actos Administrativos (Requisitos)Producción y Contenido (Art. 34)Producidos por órgano competenteAjuste a requisitos y procedimientoContenido ajustado a ordenamiento jurídicoContenido determinado y adecuado a finesMotivación (Art. 35)Actos que limiten derechos o intereses legítimosResolución de recursos y revisiones de oficioActos que se separen de criterio precedente/dictamen consultivoAcuerdos de suspensión o medidas provisionalesAcuerdos de urgencia, ampliación, actuaciones complementariasRechazo de pruebas propuestasTerminación por imposibilidad material o desistimiento de oficioSancionadores y responsabilidad patrimonialActos discrecionalesActos selectivos/concurrencia (según convocatoria)Forma (Art. 36)Por escrito a través de medios electrónicos (regla general)Forma distinta si la naturaleza lo exigeActos verbales (constancia escrita por funcionario inferior)Refundición de actos de la misma naturalezaEficacia de los ActosInderogabilidad Singular (Art. 37)Resoluciones particulares no vulneran disposiciones generalesNulidad si vulneran disposiciones reglamentarias o Art. 47Ejecutividad (Art. 38)Actos sujetos a Derecho Administrativo son ejecutivosEfectos y Validez (Art. 39)Presunción de validez y efectos desde la fechaEficacia demorada (contenido, notificación, aprobación superior)Retroactividad excepcional (sustitución de anulados, efectos favorables)Observancia por otros órganos/AdministracionesSuspensión del procedimiento si se requiere revisión de acto ilegal de otra Adm.Notificación y PublicaciónNotificación (Art. 40)Plazo: 10 días desde su dictadoContenido: Texto íntegro, recursos, vía administrativa/judicial, plazoDefectos: Surte efecto al conocer contenido o interponer recursoCumplimiento (plazo máx.): Texto íntegro + intento acreditadoProtección de datos personalesCondiciones Generales Notificación (Art. 41)Preferentemente por medios electrónicosNo electrónicos permitidos (comparecencia, entrega directa por funcionario)Validez: Constancia de envío/recepción, fecha, contenido, identidadAviso enviado a dispositivo/correo (la falta no invalida la notificación)Notificación por distintos cauces (fecha: la primera que se produzca)Notificación en Papel (Art. 42)Puesta a disposición en sede electrónicaEn domicilio: Puede recibirla mayor de 14 añosIntento infructuoso: Repetición por una vez, hora distinta (3 días)Segundo intento infructuoso: Art. 44 (BOE)Notificación Electrónica (Art. 43)Práctica: Mediante comparecencia en sede electrónica/DEHúMomento: Acceso al contenidoRechazo (Obligatoria): 10 días naturales sin acceso al contenidoAcceso desde Punto de Acceso General electrónicoNotificación Infructuosa (Art. 44)Causas: Interesados desconocidos, lugar ignorado, intento fallidoMedio principal: Anuncio en BOEMedios facultativos: Boletín CCAA/Provincia, Tablón Ayuntamiento/ConsuladoPublicación (Art. 45)Obligatoria: Normas reguladoras o interés públicoEfectos de notificación en casos de: Pluralidad indeterminada o Actos selectivosContenido: Igual que Art. 40.2Lugar: Diario oficial correspondienteNulidad y Anulabilidad (Vicios)Nulidad de Pleno Derecho (Art. 47)Lesión de derechos/libertades constitucionalesIncompetencia manifiesta (materia o territorio)Contenido imposibleInfracción penal o consecuencia de ellaPrescindir total/absolutamente del procedimientoAdquisición de derechos sin requisitos esencialesVulneración de la Constitución/Leyes (disposiciones)Retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables (disposiciones)Anulabilidad (Art. 48)Infracción del ordenamiento jurídico (incl. desviación de poder)Defecto de forma (solo si causa indefensión o carece de requisitos esenciales)Actuaciones fuera de tiempo (solo si la naturaleza del plazo lo impone)Efectos y CorrecciónLímites: No implica nulidad de actos sucesivos independientes (Art. 49)Conversión: Producen efectos de otro acto si contienen sus elementos (Art. 50)Conservación: Actos cuyo contenido se mantendría igual (Art. 51)Convalidación: La Adm. puede subsanar vicios anulables (Art. 52)Iniciación del ProcedimientoClases de Iniciación (Art. 54)De OficioA Solicitud del InteresadoActuaciones Previas (Art. 55)Propósito: Conocer circunstancias y conveniencia de iniciarSancionadoras: Determinar hechos, responsables y circunstanciasMedidas Provisionales (Art. 56)Adopción: De oficio o a instancia de parte (motivada)Antes de inicio: Casos de urgencia inaplazable (confirmar en 15 días)Tipos: Suspensión temporal de actividades, Fianzas, Embargo, etc.Límites: No causar perjuicio irreparable, no violar derechosExtinción: Cuando surta efecto la resolución finalIniciación de Oficio (Art. 58-62)Por propia iniciativaPor orden superior (debe especificar presuntos responsables/hechos)Por petición razonada de otros órganos (no vinculante)Por denuncia (debe incluir identidad/relato de hechos)Iniciación a Solicitud del Interesado (Art. 66)Requisitos: Datos personales, medio de notificación, hechos/petición, firmaVarias personas: Pretensiones idénticas/similares en única solicitudSubsanación: Plazo de 10 días (riesgo de desistimiento, Art. 68)Modelos normalizados (voluntarios u obligatorios)Declaración Responsable y Comunicación (Art. 69)Declaración Responsable: Cumplimiento de requisitos, disponibilidad de docs.Comunicación: Poner en conocimiento datos relevantesEfectos: Permiten inicio de actividad/ejercicio de derecho desde presentaciónFalsedad: Imposibilidad de continuar con la actividad/derechoInstrucción del ProcedimientoActos de Instrucción (Art. 75)Se realizan de oficio y por medios electrónicosGarantizar control de tiempos y tramitación ordenadaGarantizar principios de contradicción e igualdadAlegaciones (Art. 76)Pueden presentarse en cualquier momento anterior al trámite de audienciaAlegar defectos de tramitación (paralización, infracción de plazos)Prueba (Art. 77-78)Medios: Cualquier medio admisible en DerechoPeríodo de prueba: No superior a 30 ni inferior a 10 díasRechazo de pruebas: Solo si son manifiestamente improcedentes/innecesarias (Motivado)Hechos probados por resoluciones judiciales penales firmes vinculanInformes (Art. 79-81)Se solicitan los preceptivos o los necesariosRegla general: Facultativos y no vinculantesPlazo de emisión: 10 días (salvo norma distinta)Responsabilidad Patrimonial: Informe preceptivo del servicio causante (10 días)Responsabilidad Patrimonial (cuantía > 50.000€): Dictamen preceptivo del Consejo de EstadoParticipación de InteresadosTrámite de Audiencia (Art. 82): Antes de propuesta de resolución (10-15 días)Información Pública (Art. 83): Publicación en Diario Oficial (plazo no < 20 días)Finalización del ProcedimientoFormas de Terminación (Art. 84)ResoluciónDesistimiento del interesadoRenuncia al derechoDeclaración de caducidadImposibilidad material de continuarloTerminación Convencional (Art. 86)Acuerdos/Pactos/Convenios (no contrarios a derecho)Propósito: Satisfacer el interés públicoResolución (Art. 88)Contenido: Decide todas las cuestiones planteadas (congruencia)Motivación: Obligatoria en casos del Art. 35Recursos: Expresión de los que procedanForma: Dictada electrónicamenteProhibición: Abstenerse de resolverEspecialidades Sancionadoras (Art. 85, 89, 90)Reconocimiento de responsabilidad: Resuelve con sanciónPago voluntario (sanción pecuniaria): Implica terminación + Reducciones (mín. 20%)Propuesta de Resolución: Motivar hechos probados, infracción, sanciónArchivo de actuaciones: Si inexistencia de hechos/responsables/prescripciónEjecutividad: Cuando no quepa recurso ordinario en vía administrativaDesistimiento y Renuncia (Art. 94)El interesado puede desistir de solicitud o renunciar a derechosAdministración acepta de plano (salvo interés general o terceros)Caducidad (Art. 95)Causa: Paralización por inactividad imputable al interesadoAdvertencia: Archivo tras 3 meses de inactividadEfectos: No interrumpe prescripción, posible conservación de trámites válidosTramitación Simplificada (Art. 96)Acuerdo: De oficio o a solicitud (interés público o falta de complejidad)Oposición: Si es de oficio, oposición expresa obliga a tramitación ordinariaPlazo de Resolución: 30 díasTrámites únicos: Inicio, Subsanación, Alegaciones (5 días), Audiencia (si desfavorable), Informes preceptivos, ResoluciónResponsabilidad Patrimonial Simplificada: Si causalidad y valoración son inequívocasSancionadora Simplificada: Infracción leve (no cabe oposición expresa)EjecuciónTítulo (Art. 97): Resolución previa para actuaciones que limiten derechosExecutoriedad (Art. 98): Actos inmediatamente ejecutivos (salvo suspensión, sanción recurrible, etc.)Ejecución Forzosa (Art. 99)Requisito: Previo apercibimientoMedios (Art. 100): Apremio sobre patrimonio, Ejecución subsidiaria, Multa coercitiva, Compulsión sobre personasPrincipio: Elegir el medio menos restrictivo de libertadMulta Coercitiva (Art. 103): Independiente y compatible con sanciones

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